Carnevali, Raúl
Centro Derecho Penal de Stgo.
Universidad de Talca
En diciembre pasado entró en vigor la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas o empresas. Ello no debe sorprendernos, pues en el último decenio diversos países, culturalmente similares al nuestro, han emprendido un camino similar. Interesante es destacar que en varias de estas legislaciones la responsabilidad de los entes no se reduce sólo a delitos de carácter económico,
Es el caso de la ley italiana sobre la responsabilidad
Por ejemplo, en dicho país se incluye el homicidio o lesiones causadas por imprudencia o negligencia en materia de accidentes laborales. Diversas sentencias han condenado a empresas por haber violado las normas de protección de la salud y de la seguridad en el trabajo. Uno de los fundamentos esgrimidos es que la ventaja para el ente estaría representada por el ahorro en los costos de adopción de medidas de seguridad.
Lo anterior pone de manifiesto que es perfectamente posible ampliar el catálogo de delitos de nuestra legislación y explorar la posibilidad de imputar responsabilidad por homicidio y lesiones culposas, incluso más allá de los accidentes laborales
Los tristes sucesos acaecidos en nuestro país pusieron de manifiesto serias deficiencias en la construcción de edificios, que en algunos casos causaron la muerte de quienes habitaban en éstos.
Pues bien, si se determina que tales resultados lesivos obedecen a la falta de adopción de medidas de prevención y que ello ha representado una ventaja económica para la empresa, ya que ha dejado de invertir en ellas, es perfectamente posible imputar responsabilidad al ente. Tales sucesos delictivos no recaerían sólo en los dirigentes
Ha sido un acierto que el legislador chileno haya penalizado las actuaciones de las personas jurídicas, pero el número de delitos comprendidos en la ley aparece hoy bastante reducido. En este sentido, bien vale la pena conocer el camino que están recorriendo otros países.
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Posteado por: Francisco Victorino Castillo Vera 28/04/2010 19:38 [ N° 1 ] |
"Allí donde llueven leyes penales continuamente, donde entre el público a la menor ocasión se eleva un clamor general de que las cosas se remedien con nuevas leyes penales o agravando las existentes, ahí no se viven los mejores tiempos para la libertad - pues toda ley penal es una sensible intromisión en la libertad cuyas consecuencias serán perceptibles también para los que la han exigido de modo más ruidoso..." VON BAR, Cit. por SILVA SÁNCHEZ, Jesús María. La Expansión del Derecho Penal. El derrotero, a mi jucio no es ampliar el sistema penal a zonas perfectamente regulables a través del derecho administrativo sancionador, exigiendo que en este se fortalezca el sistema de garantías para un legítimo ejercicio del derecho de defensa. |
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Posteado por: Héctor Villa. 29/04/2010 22:53 [ N° 2 ] |
Desde el lunes -y ante la indiferencia de la constructora Echeverría Izquierdo, responsable de la mala edificación que ordenó la demolición del Edificio Los Carrera 1555 de Concepción- los propietarios de los 103 departamentos, comenzaron la penosa tarea de retirar lo que podían de sus enseres rescatables, dado el corto tiempo que se les dio. También han sido indiferentes las autoridades de gobierno que no han intervenido frente a la constructora buscando una solución habitacional para estos damnificados, ni los parlamentarios de izquierda o derecha. Tampoco los medios le dieron una cobertura masiva a nivel nacional, ni siquiera El Sur de Concepción, resulta más rentable destacar el próximo mundial y todo el marqueteo que lo rodea, eso vende. |
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Posteado por: Juan Segura 30/04/2010 13:41 [ N° 3 ] |
Sr. Castillo Vera: la libertad que ud. alude es la de los bucaneros y piratas,la de los encomenderos y latifundistas decimonónicos. ¡¡Cómo resuena su egoíso, a tambor batiente !! para Ud. los demás son solo Ud, en el ámbito de respeto y consideración que le DEBEN los otros le recuerdo que los demás son todos aquellos distintos de Ud., a los que les debemos respeto, empatía, consideración y, principalmente, cumplirles con nuestra responsabilidad, adquirida LIBREMENTE. |
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