Señora Directora:
Durante los primeros días de abril, recibí carta del Servel con la Resolución Nº 14.911, del 25 de marzo, que aprueba la cuenta general de ingresos y gastos electorales de la campaña en que fui reelecta concejala y autoriza el pago de reembolso por la Tesorería General de la República. Pasados 3 meses, aún no recibo lo que por ley me corresponde, y sin explicación ninguna.
Las leyes que norman el gasto electoral fueron establecidas para reforzar la fe pública en la transparencia del proceso básico de una democracia: las elecciones. Pero ellas deben operar en todo sentido: tanto para limitar el gasto, establecer la legitimidad del origen de los fondos y resguardar el buen uso de los aportes del Estado, así como también garantizar que los servidores públicos que enfrentamos el escrutinio popular tengamos, oportunamente, el reembolso de una mínima parte de lo invertido en nuestras campañas.
En mi caso, cumplí estrictamente todas las normas, y para enfrentar los gastos tomé un crédito bancario por el cual estoy pagando mayor cantidad de intereses que se derivan de la demora injustificada de la Tesorería.
La ley me puso plazos y obligaciones. ¿Qué plazos le pone a la Tesorería?
Paulina Elissetche Hurtado
Concejala, Municipalidad de Talca