Ferreiro, Alejandro
Es probable que Ud. se abstenga de comprar acciones si presume que en el mercado se realizan con frecuencia e impunidad transacciones con información privilegiada. Si muchos comparten su opinión, el mercado de capitales simplemente dejará de funcionar. Las empresas no contarán con la posibilidad de obtener recursos
¿Exagero? En absoluto. Es eso lo que está en juego cuando prolifera sin sanción el uso indebido de información privilegiada. ¿O acaso Ud., potencial inversionista, está dispuesto a colocar sus ahorros en un mercado donde algunos lucran con asimetría de información en perjuicio suyo?
Es cierto: Todos los sancionados por la SVS el jueves pasado tienen derecho a defenderse en tribunales y probar allí la inocencia que alegan por la prensa. Es su derecho y deber. Es más, en este caso vuelve a hacerse evidente la necesidad de hacer más expedito el proceso de reclamación. La ley señala que ella debe conocerse por un juez de letras. La apelación subsiguiente y, en muchos casos, la presentación de recursos de casación a la Corte Suprema alargan la revisión judicial de las sanciones administrativas a un extremo que afecta tanto el derecho a defensa, como a la necesaria consolidación de las lecciones al mercado mediante sentencia definitiva. Una reclamación directa a la Corte de Apelaciones puede corregir este problema.
Inhibir y sancionar el uso indebido de información privilegiada es tan importante
Será tarea de los tribunales confirmar o revocar los razonamientos lógicos que llevaron a la SVS a hilvanar los hechos acreditados para derivar de ellos la conclusión esencial
Más allá
Un argumento de la defensa de los sancionados ha sido que ellos tomaron la decisión de invertir en base a rumores que ya habían sido publicados en la prensa. Ello nos conduce a un tema soslayado por nuestra legislación: el rol de los medios de prensa en la divulgación de la información financiera.
Una segunda propuesta se refiere a las transacciones que realizan directores, gerentes y otras personas a quienes la ley les presume, por su función, acceso a información privilegiada. Hoy la ley exige informar las transacciones después de realizadas. En tal caso, le corresponde a la SVS verificar si ellas pudieron hacerse con uso indebido de tal información. Propongo que esas personas, los “insiders”, deban informar al mercado con 48 horas de anticipación su decisión de comprar o vender acciones de la compañía correspondiente. El mercado juzgará: si se presume que la calidad
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Posteado por: Alonso palma 27/11/2008 16:55 [ N° 1 ] |
Y si me estoy tomando un café...mi amigo me comenta aprobacion de un proyecto que nunca saldrá en el diario...cundo podre comprar acciones "legalmente" |
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Posteado por: Patricio 24/07/2008 11:02 [ N° 2 ] |
Cuantos años tiene esta actitud en Chile ? Yo creo que es por desgracia inherente al ser Chileno. |
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Posteado por: Jaime Cáceres 22/07/2008 14:47 [ N° 3 ] |
Totalmente de acuerdo. |
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